Reclamación transporte marítimo

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Actualmente, los cruceros y los viajes en barco estan en apogeo. Un viaje en barco puede ser muy placentero, aunque sea más lento. Un viaje que en avión se tarda horas, en un barco puede durar en hacer el mismo recorrido un par de días. Aunque los barcos por sus dimensiones y estructuras ofrecen una serie de servicios que no los da el avión, como la piscina.

Problemas transporte marítimo

Cómo en todo viaje puede surgir alguno de los siguientes problemas:
  • Si sufre una caída durante el viaje en barco puede reclamar una indemnización, pues en el billete el pasajero contrato el llamado seguro obligatorio de viajeros. Con este seguro los viajeros que sufran daños corporales cuando esten situados en la plancha, escala o pasarelas que unen la embarcación con el muelle, así como el acaecido durante el traslado, en otras embarcaciones, desde el muelle a buques no atracados y viceversa.
  • Si el equipaje se pierde durante el viaje en barco, inmediatamente presente la hoja de reclamaciones y una denuncia ante la autoridad policial. Pues lo más seguro que haya sufrido un hurto.
  • Si el barco sale con retraso, la compañía marítima esta obligada a asumir todos los gastos de manutención y alojamiento en caso de que fuera necesario. Si el retraso supera los 10 días, el viajero podrá exigir la devolución del importe del billete y si es culpa del transportista podrá reclamar daños y perjuicios.
  • Si el viaje se interrumpe por una avería en el barco, la empresa transportista debe buscar y costear los medios para llevar al pasajero hasta su destino con la máxima celeridad, asumiendo los costes de alojamiento y manutención que llegara a producir.
  • Si cancela el viaje después de adquirir el billete. Si es por culpa exclusiva de la empresa marítima, los viajeros podrán exigir la devolución del importe del billete y el resarcimiento de los daños y perjuicios. Si la cancelación se produce por fuerza mayor o circunstancias extraordinarias, el pasajero sólo tiene derecho a exigir la devolución del importe del billete.

Reclamaciones o quejas

Hay dos formas de reclamar: la extrajudicial, es decir, a través de las hojas de reclamaciones o por carta enviada a través de un medio fehaciente y a través del Sistema de Arbitraje de Consumo o Tribunales de Justicia.

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